Texto de Javier Cañas Ángel
Cuando niño, siempre salía de mi casa quince (15) minutos antes de que la campana de mi escuela sonará, para formar en el patio. Un momento en el que los profes y las profes nos hacían tomar distancia, para luego revisar que nuestra ropa estuviera limpia; ver que aparentáramos haber desayunado, cantar alguno de los himnos y escuchar las palabras del director o de la directora, antes de ingresar al salón de clase. Lo normal en mi pueblo era caminar hasta la escuela en la mañana y en la tarde, para atender las dos jornadas.
Entre los recuerdos que guardo de aquella época, está mi regreso a casa desde la escuela bajo fuertes aguaceros después de la jornada de la tarde. Y algo en lo que caigo en la cuenta hoy día, cuando retorno a mi pueblo después de varias décadas, es que uno era el que decidía si se quería mojar o no. Pues para esa época, la mayoría de los volados de los techos de las casas abarcaban todo el andén, y estaban pensados para el nivel de precipitación que corresponde a un municipio cordillerano cafetero como Sevilla. Los tubos bajantes que drenaban la lluvia de las canaletas de algunos techos, estaban incrustados en la pared y en los andenes, pues a simple vista no se veían. Lo que uno escuchaba al poner el oído en la pared, era el rugido de un río que luego salía a chorros desde el alma del andén hacia la calle.
Estoy casi convencido que cuando se construyeron estas viviendas con estos aleros o voladizos, era para proteger las paredes que aún estaban construidas en bahareque y los marcos de las puertas y las ventanas que estaban construidos en madera. Aún bajo esta premisa, quiero pensar que quienes las construyeron también pensaron en la importancia de andar por los andenes sin mojarse y sin caerse. Pues recuerdo que los andenes tenían una especie de petroglifos (grabados rupestres), que eran grabados por unos rodillos, al parecer de madera.
Hoy día cuando llueve, lo más recomendable y por seguridad, es caminar por la calle, a pesar de los carros, las motos, las ciclas, y los huecos y canales que ha dejado la instalación del sistema de acueducto. Por una parte, el Estatuto Urbano del municipio de Sevilla del 13 de diciembre de 2014, ha ordenado que los voladizos de las casas deben tener ochenta (80) centímetros sobre las vías que tienen ancho mayor o igual a seis (6) metros, y en las casas esquineras el voladizo lateral será de máximo sesenta (60) centímetros. Así que…a cargar paraguas y a ponernos las botas de caucho. Pero esto sería lo de menos, si caminar por el andén no fuese tan riesgoso y complicado. En una sola cuadra nos podemos encontrar con más de veinte (20) niveles diferentes y con un sin número de obstáculos arquitectónicos de todo tipo.
Y qué decir de los tubos que se están instalando para drenar los tejados. Unos salen hacia la calle desde el techo formando una cascada que cae en la calle en algunos casos, y otros caen directamente sobre el andén. Otros, tienen su tubo bajante recostado a la pared externa de la casa y lo conectan a través de un codo con un tubo que colocan sobre el andén. Tal vez sea lo menos costoso. No lo sé, pero si es lo menos sensato, y lo menos estético, si de arquitectura se trata.
Entre los obstáculos arquitectónicos que encontramos en los andenes, están las altas pendientes transversales. Los materiales de acabado antideslizantes que deberían ser usados en pendientes menores al 5%, se siguen usando en pendientes donde debería ir solo concreto simple, con superficie rugosa. Se construyen escaleras y rampas sobre los andenes para dar acceso a niveles de las viviendas, estén éstas por encima o por debajo del andén. El estatuto dice que los andenes deben garantizar su continuidad y no se permitirá su interrupción.
Y está claro en este Estatuto que, para permitir el ingreso a garajes, talleres o parqueaderos, se permitirá la interrupción del andén, en una longitud no mayor a la tercera parte del ancho de éste, y debe ser sobre el borde exterior del sardinel. No es necesario ser ingeniero civil o un arquitecto, para saber que las normas que establece el Estatuto Urbano del Municipio de Sevilla según el Acuerdo #020 del 13 de diciembre del año 2014, no se cumple en este caso para los andenes.
El estatuto también establece que, ejecutoriada la resolución que ordene la construcción, demolición y reconstrucción del andén, el propietario del predio tendrá un plazo de 20 días para cumplir lo ordenado, y que su incumplimiento se sancionará con multas sucesivas de 2 hasta 10 salarios mensuales vigentes, hasta tanto se realice la obra; que la administración municipal procederá, por intermedio de la Secretaría de Obras, a ejecutar las obras cuando exista disponibilidad presupuestal, y que el propietario tendrá un plazo de 10 días para el reembolso de los costos de la obra, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que liquide su valor. Vencido el plazo, el cobro se hará por vía legal.
El estatuto urbano establece que los andenes deben tener una altura de 0.17 metros, lo que equivale a diecisiete (17) centímetros del nivel de la calle; mantener su línea paralela con ésta y tener un nivel constante en pendientes hasta del 18%. Si esto se cumpliese, facilitaría que los adultos mayores, las personas con discapacidad visual, las personas en silla de ruedas y demás personas, transitaran con mayor seguridad y comodidad y se estaría cumpliendo con la finalidad que tiene un andén.
En Sevilla, los peatones tenemos que ajustarnos a lo que cada persona quiera hacer con el andén que está al frente de su casa, pues al no existir una oficina que regule y haga cumplir el Estatuto Urbano, estás personas seguirán creyendo que el andén les pertenece y que los demás decidirán si transitan sobre él o se echan a la calle.
Javier Cañas Ángel